Defecto de Diseño | Responsabilidad Objetiva
Un fabricante puede ser considerado estrictamente responsable de colocar un producto bien hecho y diseñado de forma segura en la corriente comercial. Un producto también puede ser encontrado para ser defectuoso, incluso si su diseño no se desvía de la industria costumbre y norma. Tampoco el hecho de que el producto haya sido utilizado miles de veces sin lesiones, descarta que el producto sea defectuoso. También se puede encontrar que un producto es defectuoso aunque cumpla con las normas de seguridad del gobierno.
Defecto de Diseño | Prueba de Expectativa del Consumidor
Un demandante de lesiones puede alegar que el diseño de un producto era defectuoso porque no funcionaba con la misma seguridad que un consumidor normal hubiera esperado que realizara. Para tener éxito con esta reclamación, la víctima debe establecer todo lo siguiente:
- Que el demandado fabricó (distribuyó, vendió, etc.) el producto;
- Que el producto no funcionó con la misma seguridad que un consumidor normal hubiera esperado;
- Que el demandante fue dañado (o muerto); y
- Que el fracaso del producto defectuoso de realizar con seguridad era un factor sustancial en causar el daño de la víctima (o la muerte).
Prueba de Expectativa del Consumidor | Racional
Los propósitos, comportamientos y peligros de ciertos productos se entienden comúnmente. En algunos casos, el conocimiento ordinario de las características de los productos puede permitir inferir que el producto no funcionó con tanta seguridad como debería.
Ejemplo Escenario 1: El arnés de 5 puntos y el asiento en un vehículo todo terreno Polaris deben asegurarte firmemente y firmemente sin exponer ninguna parte de tu cuerpo con el suelo o el vehículo en un roll-over. Si de hecho está expuesto a lesiones, entonces usted puede afirmar que el Polaris era defectuoso.
Defecto de Diseño | Aptitud y Comerciabilidad
Una causa de acción basada en un defecto de diseño por medio de no hacer la prueba de Expectativa del Consumidorreconoce la relación entre la responsabilidad tortora estricta por un producto defectuoso y la doctrina de garantía del derecho consuetudinario que sostiene que la presencia de un producto en el mercado incluye e implica la representación de que realizará el trabajo para el cual fue construido.

Ordaz Law, APC – Mi Apoyo Legal
Defecto de Diseño
Juan J. Ordaz Jr. ofrece representación legal sincera, trabajadora y personal a las personas que buscan un abogado por un defecto de diseño por medio de no hacer la prueba de Expectativa del Consumidor de un producto que causan lesiones personales en el Condado de San Diego. Ayudamos a las víctimas que sufren de una variedad de lesiones que han sufrido sus lesiones a través del uso de diferentes productos de consumo que han sido colocados en la “corriente de comercio” por los fabricantes, distribuidores y minoristas.
Creemos que es una necesidad para representar a las personas que han sufrido lesiones traumáticas y debilitantes, y sufrió pérdidas finales.
Llame al (844) 582-7696 hoy para que podamos programar su consulta libre y discreta con un abogado de lesiones personales de San Diego.
Somos para la Justicia no Importa quién es a Favor o en Contra.
Aprende Más:
¿Cuál es el Estatuto de Limitaciones para una Acción de Lesiones Personales?
¿Qué debe Esperar de Su Abogado de Lesiones Personales?
¿Qué debe Esperar de su Demanda por Lesiones Personales?
Se Resuelvera Mi Caso de Lesiones Personales o Voy a Juicio?
Responsabilidad por el Producto
Defecto de Diseño | No Advertir
Defecto de Diseño | Prueba de Riesgo y Beneficio
Blog: Lesiones Personales
Defecto del Producto | Lesiones Personales
Responsabilidad Estricta | Lesiones Personales
Enlaces de Interés:
CACI 1201. Responsabilidad Objetiva – El Defecto de Producción