Parque Temático | Responsabilidad de Locales
Una entidad comercial o propietario de un parque temático está obligado a:
- Tenga el debido cuidado para mantener sus instalaciones en condiciones razonablemente seguras;
- Tenga cuidado razonable al operar, supervisar e inspeccionar sus instalaciones para cualquier condición insegura que podría causar daño (lesión o muerte) a otros; y
- Utilice el debido cuidado para reparar o advertir cualquier cosa que razonablemente se podría esperar causar daño (lesión o muerte) a otros.
Parque Temático | Obligación de Cuidar
Los tribunales han sostenido rutinariamente que los operadores del parque temático deben un deber del cuidado a los clientes que prestan servicios. Las tenencias de los tribunales de ejemplo incluyen:
Instalaciones de Esquí Acuático y de Natación: Hay un deber de cuidado para supervisar y proteger a sus huéspedes de la conducta ilícita de otros; y
Diapositiva en el Parque de Atracciones: El propietario debe utilizar el cuidado razonable para ver que todo el equipo se construye y se mantiene adecuadamente, y para asegurarse de que su equipo es operado correctamente por sus empleados.
Parque Temático | Deber no Delegable
El deber del propietario de utilizar un cuidado razonable en la operación, mantenimiento, inspección y supervisión de su parque temático es no delegable, lo que significa que el propietario no puede evitar la responsabilidad al contratar a un contratista independiente para llevar a cabo estas tareas; Los propietarios pueden ser considerados responsables de las lesiones sufridas por sus patrones de la negligencia de un contratista independiente o concesionario.
Parque Temático | Negligencia Per Se
La violación de un estatuto o de un reglamento por parte de un propietario de un parque temático puede dar lugar a una presunción de negligencia en sí misma y trasladar la carga al propietario de que su violación no fue la causa del daño sufrido.
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Parque Temático
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